Uno de los elementos más característicos de los abogados es la toga, esa especie de túnica negra larga que todos los profesionales del Derecho intervinientes en procesos judiciales tienen obligación de llevar en sala. No solo los abogados tienen que llevar toga, también los procuradores, los jueces, los fiscales y los secretarios judiciales. Es por ello que es muy habitual que al entrar en cualquier juzgado y echar un vistazo por sus pasillos, nos encontremos con numerosos individuos ataviados con sus correspondientes togas y generalmente cargados de libros, papeles o expedientes corriendo de un lado a otro.

Pero, ¿por qué los abogados utilizan la toga? ¿Es obligatorio legalmente? ¿Tienen los abogados que llevar toga siempre?

La toga es el uniforme oficial de los profesionales del derecho, lo mismo que es característica la bata blanca del médico, para los abogados la toga negra es su seña de identidad. En un primer momento la toga era un signo de prestigio para los letrados, jueces y profesionales del Derecho en general, también en épocas pretéritas los jueces, los abogados, los procuradores y los ciudadanos tenían que aparecer ubicados en distintos estrados en diferentes alturas según el rango. En la actualidad la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que todos los profesionales del derecho se sentarán a la misma altura.

 La Ley Orgánica del Poder Judicial, regula las normas relativas a la audiencia pública donde se regula parte de la normativa dedicada a la policía de vistas o de estrados.

El uso de la toga es únicamente obligatorio cuando intervengan en audiencia pública, para las actuaciones que tengan lugar en sala, es decir, para el resto de tareas que tuvieran que desempeñar en los Juzgados y Tribunales,. no será necesario llevar toga. En este sentido, el artículo 187 LOPJ establece lo siguiente:

” 1. En audiencia pública, reuniones del Tribunal y actos solemnes judiciales, los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios, Abogados y Procuradores usarán toga y, en su caso, placa y medalla de acuerdo con su rango. 2. Asimismo, todos ellos, en estrados, se sentarán a la misma altura.”

De lo que se deduce que las diferentes togas pueden incluso tener una utilidad práctica para ayudar a identificar al profesional al que se está dirigiendo:

  • Las togas de los jueces tienen sus mangas coronadas por puntillas blancas, pero no puñetas y en su escudo plateado se puede leer el término “Juez”.
  • Si continuamos subiendo en el escalafón hasta los magistrados, nos encontramos con togas en las que sí aparecen puñetas en las mangas y en cuyos escudos o estrellas de color dorado se lee la palabra “Magistrado”.
  • Los Secretarios Judiciales también tienen puñetas en las mangas de sus togas y en sus escudos se lee “fe pública judicial».
  • El caso de los Fiscales sus togas también se distinguen por los escudos que incluyen.
  • Por último, abogados y procuradores también están obligados a llevar toga cuando actúan en sala, pero no tienen distintivos, son negras sin más motivos.

El Estatuto de la Abogacía actual del año 2001 establece que además, los abogados “adecuarán su indumentaria a la dignidad y prestigio de la toga que visten y al respeto a la Justicia”. El Estatuto anterior, de 1982, exigía además de la toga “traje, corbata, zapatos negros y camisa blanca”. El Reglamento 2/2005 de Honores, Tratamiento y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes recoge, en su artículo 33, que los abogados, en los actos jurisdiccionales, deben usar toga y “traje o vestimenta acorde con la solemnidad del acto”.

Los abogados pueden tener sus togas propias o utilizar las que están a su disposición en todos los juzgados en la sala de togas, donde se ubican las togas que deberán solicitar cuando vayan a intervenir en sala y devolver en el mismo sitio cuando termine el acto para el que hubieran acudido al juzgado.

Así pues podemos interpretar que el uso de la toga es una tradición de gran abolengo que sirve para otorgar distinción y dignidad a los profesionales del derecho y que además sirve para identificarles. Se considera una falta de respeto que un letrado acuda sin toga a la sala donde deba celebrarse un acto en audiencia pública, pero no son pocos los letrados que se muestran contrarios al uso de la toga, habiéndose generado incluso alguna disputa referida a esta materia. Lo que no podemos negar que a los letrados noveles les suele hacer ilusión ponerse la toga.

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